Séptima.- PUBLICIDAD , VALIDACIÓN y ENTREGA DE LOS PREMIOS
El resultado de la votación y la proclamación de los 2 ganadores y sus suplentes se publicará en FACEBOOK “LOTUS” International” https://www.facebook.com /Lotus Watches el día 02/02/2015, sin perjuicio de que el resto de las cuentas de “LOTUS “ en redes sociales ( http://instagram. com /festinagroup/#LotusWatches, https://twitter.com/lotuswatches) hagan referencia al resultado del mismo.
“LOTUS” contactará con los ganadores a través del teléfono o del e-mail, facilitados en el momento de la inscripción al concurso. Si en un plazo de 72 h desde la elección de los ganadores no fuera posible contactar con estos por ninguno de los medios descritos, o si la notificación fuera devuelta como una cuenta de correo o e-mail no válido, será descalificado procediéndose a contactar con el primer suplente. Si el contacto con todos los suplentes fuera también infructuoso, en los mismos términos, el premio que les hubiera correspondido quedará desierto
Realizado el contacto, será condición necesaria para la obtención del premio que la persona que haya resultado ganadora o, en su caso, su suplente remita en un plazo de 7 días naturales, a contar desde la fecha de la comunicación del resultado del concurso, una respuesta por correo electrónico en la que acepte expresamente el premio y facilite una dirección postal completa e inequívoca ubicada en España y su número de Identificación Fiscal, o, en su caso, NIE y/o pasaporte.
Tras la aceptación de los premios la organización y los ganadores acordarán la fecha concreta del mes de marzo de 2015 en la que se desarrollará la jornada de compras dedicada a disfrutar del cheque regalo en que consiste el premio
Será asimismo condición de validación del premio la aceptación expresa por parte de la ganadora o, en su caso, su suplente, de la cesión de derechos y condiciones de utilización del premio, a la que se refiere la base novena.
Octava.-DATOS PERSONALES y COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS.
De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal“ LOTUS” informa a los participantes en esta promoción que los datos personales facilitados se incorporarán a un fichero de datos de carácter personal de nombre MARKETING”, inscrito en el Registro General de ficheros de titularidad privada de la Agencia de Protección de Datos Los datos personales de los participantes residentes en España se utilizarán tanto con la finalidad de gestionar la participación en el concurso como de realizar publicidad relativa a “LOTUS” y sus productos a través de futuras acciones de marketing directo. Por el contrario, los datos personales suministrados por participantes residentes en países distintos a España se utilizaran con la exclusiva finalidad de gestionar la participación en el concurso y serán cancelados al finalizar esta promoción.
A través del formulario de participación el participante proporciona los siguientes datos de carácter personal (en adelante, los «Datos Personales). Nombre completo y apellidos, dirección de correo electrónico y teléfono de contacto. Los ganadores suministrarán como datos personales adicionales sus datos de Identificación Fiscal y dirección completa.
“LOTUS” garantiza el estricto cumplimiento de la Ley 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, pudiendo en todo caso el titular de los mismos ejercitar los derechos reconocidos en dicha ley. Los participantes, tienen reconocidos y podrán ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición ante FESTINA-LOTUS S.A por correo en la Vía Layetana nº 20 4ª planta, 08003 Barcelona indicando sus datos personales y adjuntando una copia del DNI, o bien a través de la siguiente dirección de correo electrónico: lopd@festina.com
Mediante su participación el participante expresa tanto su consentimiento expreso para que los Datos Personales facilitados sean utilizados para los exclusivos fines a los que se refieren los párrafos anteriores como su consentimiento a recibir comunicaciones electrónicas en los términos del artículo 21 de la Ley de servicios de la sociedad de la información (LSSI)
Novena.- DERECHOS PROPIEDAD INTELECTUAL. CESIONES.
Todo participante al concurso garantiza que es el único titular y propietario de los derechos de propiedad intelectual de la fotografía enviada, que ésta es original y que está libre de derechos a favor de terceros, exonerando a “LOTUS” de cualquier reclamación sobre este aspecto
Los participantes en el Concurso ceden a “LOTUS” los derechos de explotación del Selfie, incluyendo los derechos de uso, difusión, distribución, exhibición, comunicación pública, divulgación y reproducción del mismo, así como el derecho de transformación en la medida necesaria para publicarlos en el perfil oficial de “LOTUS” en las redes sociales,(Facebook Twitter e Instagram), pagina web oficial de la marca “LOTUS”, prensa, material P.O.P, ferias o eventos etc , a fin de publicitar la existencia de la promoción, incentivar la participación y dar a conocer el resultado y desarrollo de la misma. Dicha cesión se realiza, de forma gratuita, no exclusiva, sin limitación geográfica y con el límite temporal de un año a contar desde la finalización del concurso, salvo en el caso de los ganadores que la realizarán, además, sin limitación temporal alguna.
Los ganadores del Concurso aceptan expresamente, que su voz y/o imagen pueda ser captada por cualquier medio (fotografía, video etc), tanto en el momento de la entrega simbólica del cheque regalo como en el del desarrollo de la jornada de compras en Madrid, y ceden a “LOTUS” los derechos de explotación incluyendo los derechos de uso, difusión, distribución, exhibición, comunicación pública, divulgación y reproducción del mismo, así como el derecho de transformación en la medida necesaria para publicarlos en cualquier soporte (electrónico o no) y en cualquier medio (TV, prensa, ferias o eventos, perfil oficial de “LOTUS” en las redes sociales, (Facebook Twitter e Instagram) pagina web oficial de la marca “LOTUS” etc. Dicha cesión se realiza, de forma no exclusiva, sin limitación geográfica ni temporal y con carácter gratuito a “LOTUS”
La cesión de derechos de imagen a la que se refiere los párrafos anteriores, realizada de forma gratuita y sin limitación geográfica y temporal, es condición de validación y disfrute de la totalidad del premio
Por su participación en el presente Concurso, los/as participantes y ganadores/as se comprometen y garantizan frente a “LOTUS” que no utilizarán, difundirán, distribuirán, publicarán, exportarán, explotarán, reproducirán ni copiarán todo o parte del contenido o del diseño del presente Concurso. Los contenidos del Concurso son propiedad de “LOTUS” y/o en su caso de terceras entidades o individuos y se encuentran protegidos por las leyes vigentes en materia de propiedad industrial e intelectual. Por consiguiente, los/as participantes no podrán utilizar, difundir, distribuir, publicar, exportar, explotar, reproducir ni copiar todo o parte del contenido del presente Concurso (incluyendo marca gráfica, denominativa, leyenda, frases, etc.) sin el consentimiento expreso, escrito y previo de “LOTUS” se reserva el derecho de solicitar la retirada inmediata de cualquier enlace o contenido en relación con el presente Concurso y/o con cualquier otro material o soporte de comunicación que haya sido utilizado, difundido, distribuido, publicado, exportado, explotado, reproducido o copiado infringiendo lo estipulado en las presentes Bases, reservándose el derecho de reclamar por los daños y perjuicios ocasionados las cantidades que les correspondes sin perjuicio realizar cualquier acción legal para la consecución de esos fines.
Décima.- RESPONSABILIDADES.
“LOTUS” se reserva el derecho a realizar modificaciones –incluyendo la cancelación o suspensión anticipada de la Iniciativa– y/o a añadir anexos sucesivos sobre estas bases por motivos técnicos, operativos, comerciales, o de audiencia, publicando siempre estas modificaciones y/o anexos en la dirección de “LOTUS” en FACEBOOK. “LOTUS” quedará eximida de toda obligación o compensación con los participantes, si por causas de fuerza mayor o imperativo legal el concurso hubiera de ser anulado o suspendido.
“LOTUS” no es ni se hace responsable del fracaso, pérdidas o irregularidades que puedan producirse al enviar la información de participación ocasionada por interferencias en la comunicación o por cualquier otro error u omisión derivados de problemas de telecomunicaciones, de tráfico, congestión o conexión a Internet, o cualquier otra causa no imputable a “LOTUS”
Asimismo, “LOTUS” no puede garantizar que la página web de FACEBOOK carezca de interrupciones o suspensiones por causas fortuitas, internas o externas, casos de fuerza mayor o por otros motivos que no estén sujetos a su control, lo que le exime de cualquier responsabilidad derivada de tales hechos y/o actos. En caso de que se produjeran interrupciones de cualquier tipo en los sistemas de FACEBOOK durante el periodo del Concurso, ”LOTUS” no queda obligado a prorrogar el plazo de participación, dándose por finalizado en las fechas que se indican en el presente documento, salvo que se decida lo contrario.
Los concursantes se comprometen a que la información que faciliten sea completa, veraz y esté actualizada. “LOTUS” no puede comprobar la autenticidad de los datos proporcionados por los concursantes y declina, por tanto, cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de los posibles errores, omisiones o falsedades existentes en los datos facilitados por los concursantes y/o premiados. Igualmente, “LOTUS” quedará exento de responsabilidad en caso de error en la entrega de cualquier premio siempre que éste sea debido a causas fuera de su control o a la falta de diligencia del ganador o del servicio de transporte en su caso. Cualquier comunicación falsa de datos personales dará derecho a los organizadores del presente CONCURSO a descalificar a una ganadora para participar y poder disponer del correspondiente premio.
En el supuesto de que “LOTUS” fuese objeto de cualquier reclamación, judicial o extrajudicial, iniciada por terceros y basada en posibles infracciones de los derechos de propiedad intelectual o de imagen de dichos terceros, en relación a la fotografía enviada al concurso , los participantes responsables de haber enviado las mismas, asumirán cuantos gastos, costes e indemnizaciones pudieran derivarse de tales acciones judiciales, respondiendo frente a “LOTUS” o frente a tales terceros, según corresponda.
Ni FACEBOOK, ni TWITER, ni INSTAGRAM forman parte del concurso expuesto más allá que como proveedor de la plataforma y, por tanto, no será responsable de proveer los premios ni revisar la seguridad de las entradas. FACEBOOK carece de cualquier tipo de responsabilidad sobre la administración del concurso, sus reglas y los premios otorgados.
No se admitirán reclamaciones, en relación al sorteo y/ o el resultado de este, transcurridos 60 días desde la fecha de fin de la promoción
Decimoprimera.- FISCALIDAD
Al premio del presente concurso, le será de aplicación lo establecido en las disposiciones fiscales que le fueran de aplicación en función del lugar de residencia de los ganadores, siendo por cuenta de los premiados todos los impuestos presentes y futuros, sin perjuicio de lo señalado en estas bases. En este sentido teniendo en cuenta que “LOTUS” es una Compañía Mercantil de nacionalidad española, , corresponderá a la entidad mercantil FESTINA LOTUS SA,. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención a la que se refiere el párrafo siguiente.
El premio objeto de este concurso estará, obligatoriamente sujeto a ingreso a cuenta del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o del Impuesto Renta No residentes (IRNR), salvo que la base del premio no supere la cantidad de 300 euros. El tipo de ingreso a cuenta para residentes es actualmente el 19%, siendo el tipo aplicable para no residentes sin establecimiento permanente el 24%, salvo que resulte aplicable un Convenio para evitar la doble imposición suscrito por España, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en dicho Convenio. “LOTUS” -LOTUS S.A soportará el importe de ingreso a cuenta y lo ingresará en el Tesoro por cuenta del premiado.
El premio tiene la consideración de rendimiento de capital mobiliario en especie, sujeto a ingreso a cuenta que efectuará “LOTUS, y cuyo importe no será repercutido al cliente. LOTUS” , pues, realizará el ingreso a cuenta correspondiente a las personas beneficiadas por los premios, tal y como dispone la actual normativa del Impuesto.
LOTUS podrá a disposición de las personas ganadoras del concurso el correspondiente certificado a efectos del IRPF/IRNR exigido por la vigente normativa tributaria.
Decimosegunda. ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La participación en el CONCURSO supone la aceptación de las presentes bases, incluida la aplicación de la normativa fiscal que resulte de obligatoria aplicación, así como la sumisión expresa a las decisiones interpretativas que de las mismas realice la compañía organizadora.
Decimotercera.- DEPÓSITO DE LAS BASES
Las bases de la presente promoción se pueden consultar en la siguiente pagina web http://www.selfielotus.com encontrándose depositadas y protocolizadas en la NOTARÍA RAMBLA 55 de la Rambla de Cataluña, 53-55, 2º 08007 – Barcelona (Barcelona) y publicadas en el Archivo Electrónico de bases de Concursos (ABACO) servicio de interés general ofrecido por el Consejo General del Notariado y publicado en www.notariado.org/liferay/web/notariado/e-notario/abaco, a disposición de cualquier persona que desee consultarlas.
Decimocuarta- LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN APLICABLE
La participación en esta promoción supone la aceptación de las presentes bases incluida la aplicación de la normativa fiscal que resulte de obligatoria aplicación, así como la sumisión expresa a las decisiones interpretativas que de las mismas realice “LOTUS”
Las presentes Bases, se regirán por la legislación española, que se será de aplicación en lo no dispuesto en este contrato en materia de interpretación, validez y ejecución. Las partes renuncian expresamente al fuero que les pudiera corresponder, en la medida en que la legislación vigente lo permita, y se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Barcelona Capital para resolver cualquier controversia que pueda surgir en la interpretación o ejecución de las presentes condiciones contractuales